COMPONENTES DE FORMACIÓN, FLEXIBILIDAD CURRICULAR Y CRÉDITOS ACADÉMICOS
De acuerdo con los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional de Colombia para los programas de Administración, entre los cuales está cobijada la denominación Administración del Comercio Internacional, la estructura curricular debe contener dos componentes: área básica y área profesional, asegurando el desarrollo de competencias cognitivas y comunicativas en lengua materna y en una segunda lengua, así como las competencias socioafectivas.
De otra parte, el Decreto 2566 (2) regulan los procesos académicos en lo referente a los créditos académico en el Capítulo II, definiendo como base para su cálculo, 48 horas de trabajo académico semanal del estudiante, teniendo en cuenta la relación entre el trabajo presencial y autónomo. Asimismo, el Ministerio de Educación Nacional a través del Consejo Nacional de Acreditación (CNA) (3), inserta el concepto de crédito en un contexto de flexibilidad curricular que demanda la incorporación de dos tipos de asignaturas en currículo: en primer lugar, obligatorias que comprenden la conceptualización de lo básico y fundamental en la disciplina y, en segundo, electivas, parcialmente libres y totalmente libres. Ello permite que el alumno pueda contar con una permanente actualización a través del currículo en un ambiente de mayor libertad y autonomía, reforzando las opciones de formación, según a los intereses individuales del estudiante.
Igualmente, la Universidad de San Buenaventura, Sede Cartagena, en atención a la normatividad vigente y teniendo en cuenta los referentes imperantes en el entorno de la educación superior del país definió institucionalmente los lineamientos en cuanto a la flexibilidad curricular y los créditos académicos(4), en lo referente a la composición porcentual de los componentes en términos de créditos académicos. Ver Cuadro 16.
1. MINISTERIO DE EDUCACIONAL NACIONAL DE COLOMBIA. Resolución 2767, por el cual se modifica el Decreto 2566. Características específicas de calidad de los programas de pregrado en Administración. 13 de noviembre del 2003.
2. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. Decreto 2566. Condiciones mínimas de calidad y demás requisitos para el ofrecimiento de programas de educación superior. 13 de septiembre del 2006.
3.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL DE COLOMBIA. CONSEJO NACIONAL DE ACREDITACION (CNA). Autoevaluación con fines de acreditación de programas de pregrado. Guía de procedimiento CNA02. Bogotá D.C.: CNA. 2ª. Edición. 1998.
4.UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA. CARTAGENA. Análisis del sistema de créditos académicos y la flexibilidad curricular en los programas presenciales de pregrado de la Universidad de San Buenaventura- Cartagena. 2006.
Cuadro 16. Referentes institucionales Flexibilidad Curricular y Créditos Académicos
Componente |
Participación (%) créditos |
Básico |
Básico General |
20% |
40% |
70% obligatorios |
Básico Profesional |
20% |
Profesional |
Profesional |
30% |
50% |
Profesional Complementario |
20% |
30% electivos |
Libre Elección |
10% |
10% |
Total |
100% |
100% |
100% |
Fuente: UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA. CARTAGENA. Análisis del sistema de créditos académicos y la flexibilidad curricular en los programas presenciales de pregrado de la Universidad de San Buenaventura- Cartagena. 2006. páginas 19-21
Se propende por una flexibilidad curricular del 30%, correspondiente a la sumatoria de los créditos electivos (Componente Profesional Complementario + Componente de Libre Elección). El 70% de los créditos restantes son de carácter obligatorio (Componente Básico General + Componente Básico Profesional + Componente Profesional). Ver Gráfica 5.
Gráfica 5- Distribución de los créditos obligatorios y electivos
De esta forma, el 70% de los créditos corresponden al Área Profesional o Campo Disciplinar ( Componente Básico Profesional + Componente Profesional + Componente Profesional Complementario)) y a un 30% del Área de Formación Integral (Componente Básico General + Componente Libre Elección). Ver Gráfica 6.
Gráfica 6- Distribución de los créditos del área profesional y de formación integral
En concordancia, en atención a la normatividad general y específica vigente para los programas de pregrado en Administración y los lineamientos institucionales de la Universidad de San Buenaventura, Sede Cartagena, la estructura curricular del programa de Administración en Comercio Internacional, ver Cuadro 15, está diseñada así:
El desarrollo de competencias cognitivas y comunicativas en una segunda lengua en todos los programas, se ofrece a los estudiantes de la Universidad de San Buenaventura – Cartagena mediante la libre escogencia de una (1) cualesquiera de cuatro (4) lenguas – inglés, francés, alemán, italiano- la cual estudia fuera de la Universidad, a través de las estrategias metodológicas académicas pertinentes, de acuerdo con lo establecido en la Resolución de Rectoría No. 227 del 20 de febrero del 2006, ver Anexo D. Para su reconocimiento, al iniciar el 8º. Semestre, el estudiante debe presentar constancia de examen de suficiencia expedido por una institución de idiomas de reconocido prestigio a nivel local, regional o nacional, cumpliendo las calificaciones mínimas definidas establecido para cada lengua:
La presentación de constancia de suficiencia en una segunda lengua es requisito para obtener el respectivo título profesional.